Aviso Legal
IMPORTANTE
 
El acopio de cartuchos y material controlado en la argentina sea comercial, militar y de uso exclusivo las fuerzas armadas y de seguridad está penado y mencionado por la Ley Nacional de Armas y Explosivos 20.429 y decretos reglamentarios, por esto coleccionar no es lo mismo tener 30 cartuchos 9x19mm distintos que 300 del mismo calibre iguales en características¡¡¡¡ y sin ser Legitimo Usuario de Armas y no acreditar la cuota autorizada para el consumo de dicha munición, mismo ejemplo con cualquier calibre inclusive el .22 Short ya que desde hace poco todos los calibres requieren cuota autorizada de compra. Para más información ingrese a la página A.A.C.A.M y del Registro Nacional de Armas......por esto no confunda un cartucho de cada calibre o variante del mismo, que muchos iguales del mismo calibre...ahí es acopio y para nada coleccionismo....
 
PARA LOS NO COLECCIONISTAS DE CARTUCHOS
 
En ningún momento hago apología a ser coleccionista de cartuchos, usted puede coleccionar monedas, nosotros cartuchos bajo parámetros legales, éticos y de seguridad por si no lo sabe.

Para pasar a ser coleccionistas importantes primeramente deberemos ser Legítimos Usuarios de Armas y posteriormente el asociarnos a la A.A.C.A.M nos permitirá saber cómo se rige legalmente la actividad y la posibilidad de intercambiar y adquirir legalmente piezas con fines de colección. Se es considerado Coleccionista en Argentina cuando pasamos los 100 calibres distintos y o estampas.
 
ATENCION
 
Si usted es ajeno a nuestra sana pasión y por casualidad encuentra en una herencia, traslado, mudanza y se lo quiere deshacer o trajo de suvenir de la milicia un cartucho de cualquier tipo o artefacto relacionado y se arrepintió no lo arroje a la basura, puede que lo agarren los chicos o adultos inexpertos, si la cosa no pasa de cartuchos de cualquier tipo sean de arma corta o larga recurra a la Asociación Argentina de Coleccionistas de Armas y Municiones personalmente o si es de lejos contacte vía e-mail o con cualquier persona idónea, perito coleccionista particular serio, armería para que lo asesoren o club de tiro.
 
El mismo procedimiento si encuentra o tiene cartuchos de cañones automáticos, granadas de mano, de fusil de humo, lacrimógenas o explosivas tenga precaución de resguardar el material lejos del alcance de los niños y los mayores que son los peores porque hacen las cosas sabiendo, el personal idóneo neutralizara, inutilizara o destruirá el material según el caso y grado de peligrosidad, en todo caso los cartuchos legales pueden serle útil a un coleccionista y usted mismo antes de tirar algo a la basura estará salvando de que se pierda  una pizca de historia de la humanidad.
 
NUNCA INTENTE
 
Inspeccionar, probar, experimentar, seccionar, aserrar, limar, taladrar, calentar, achatar o desarmar ningún cartucho o artefacto de cualquier tipo, hay cartuchos o artefactos que tienen materia incendiaria, trazante, lacrimógena,  y explosiva en sus puntas o contenedores con mixtos o espoletas de accionamiento por aproximación o por impacto que pueden causar lesiones serias inclusive la muerte.
 

 

Los cartuchos de calibre 12,7x99mm (50BMG) inclusive están desactivados inertes igualmente las granadas de mano o fusil expuestas que son versiones inertes de INSTRUCCIÓN y EJERCICIO con fines de colección, instrucción, demostración y explicación relacionados a mi trabajo y permanente colaboración con las fuerzas en la instrucción y el poder judicial en el peritaje, erradicación, identificación y clasificación de material variado secuestrado por amigos colegas, policías, militares y fiscales que intervienen y requieren la fehaciente identificación del material para luego proceder según dicte la justicia sobre el caso.

Todo material superior al .50 (12,7x99mm) debe carecer de carga propelente y sus puntas inertes sin cargas explosivas siendo en sus versiones de ejercicio o guerra (solo por el color) pero inertes de fabrica….proyectiles, bombas, espoletas de artillería, granadas de mano y de fusil, cohetes, misiles, cargas varias, minas etc…. deben ser según la legislación solo sus carcasas o cuerpo, vacíos de todo material explosivo, incendiario, fumígeno lacrimógeno....quedando una simple extructura, metalica y o plastica completamente INERTE.

 

 

 

 
 
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